Como funciona

Tramitamos su crédito formativo 100%

Su empresa dispone de una bonificación anual para la formación de sus trabajadores, que se puede hacer efectiva descontándola de la cuota de la Seguridad Social del mes siguiente a haber realizado la formación. El porcentaje que puede deducirse será mayor cuanto menor sea el tamaño de su empresa.

• Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%

• Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%

• Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%

• Empresas de 250 o más trabajadores: 50%

Condiciones

Para beneficiarse de ésta bonificación y financiar la formación de sus trabajadores, su empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:

• Que el centro de trabajo esté ubicado en el territorio del Estado Español.

• Que desarrolle formación para sus trabajadores y cotice por la contingencia de formación profesional.

Para que una acción formativa pueda ser bonificada, deberá cumplir los siguientes requisitos:

• Notificar la formación con una antelación mínima de 7 días naturales.

• Máximo 8 horas diarias de formación por trabajador al día.

• Duración de la acción no inferior a 6 horas.

• Que la formación finalice antes del 31 de Diciembre.

• IenR FE pone a su servicio a nuestro equipo de profesionales que le asesorarán durante todo el proceso.